Comodato después de escriturar: cuando el vendedor se queda unos días más
Qué es el comodato, cuándo se usa si el vendedor sigue viviendo después de la escritura y qué conviene dejar escrito para que la entrega salga ordenada.

En esta nota
El comodato es un préstamo de uso gratuito. En una venta se usa cuando el vendedor necesita quedarse unos días o semanas en la propiedad después de escriturar. El comprador ya es el dueño y le presta el inmueble por un plazo acordado. Para que todo salga ordenado, conviene dejar por escrito el plazo, el estado de entrega, los servicios, las llaves y qué pasa si hay una demora.
¿Qué es el comodato?
El Código Civil y Comercial lo define en su artículo 1533: hay comodato cuando una parte se obliga a entregar a otra una cosa no fungible, mueble o inmueble, para que se sirva gratuitamente de ella y restituya la misma cosa recibida.
En una compraventa, los roles quedan así:
- Comodante: el comprador, que ya es dueño y presta la propiedad.
- Comodatario: el vendedor, que la sigue usando por un tiempo y después la devuelve.
La clave es que es gratuito. Si se pactara un pago por usar la propiedad, ya no sería un comodato sino otro tipo de contrato, con otras reglas. Eso lo define el escribano según lo que acuerden.
¿Cuándo se usa en una venta?
Suele pasar cuando el vendedor necesita la plata de la venta para mudarse o para comprar otra propiedad. Algunos casos habituales:
- Vende y compra al mismo tiempo, y la otra propiedad se entrega unos días después. Te contamos cómo se coordina en vender y comprar al mismo tiempo.
- Necesita unos días para organizar la mudanza.
- Está esperando terminar arreglos en su nueva casa.
Conviene hablarlo desde la reserva, para que comprador y vendedor sepan desde el principio si va a haber comodato y por cuánto tiempo.
¿Qué dice la ley sobre las obligaciones de cada uno?
El Código tiene reglas para el comodato, que se aplican si las partes no pactan otra cosa:
| Quién | Qué dice el Código |
|---|---|
| Vendedor (comodatario) | Usar la propiedad según el destino convenido, conservarla con prudencia y diligencia y devolverla en el tiempo y lugar pactados (artículo 1536) |
| Comprador (comodante) | Permitir el uso durante el tiempo convenido y responder por los vicios de la cosa que oculte (artículo 1540) |
| Devolución anticipada | El comprador puede pedirla antes si tiene una necesidad imprevista y urgente, o si se usa para otro destino (artículo 1539) |
| Fin del comodato | Se termina, entre otras causas, al vencer el plazo, se haya usado o no la propiedad (artículo 1541) |
El artículo 1536 también aclara que, si no hay plazo ni una finalidad que lo determine, el comodante puede pedir la devolución en cualquier momento. Por eso fijar un plazo es lo más importante.
¿Qué conviene dejar escrito?
Un comodato bien armado evita dudas. Estos son los puntos que conviene incluir:
- El plazo. La fecha exacta en que el vendedor entrega la propiedad.
- El estado de entrega. Cómo se recibe y cómo se devuelve: limpia, vacía, con qué artefactos o muebles que se incluyen en la venta.
- Los servicios. Cómo se manejan las facturas de luz, gas, agua e internet durante esos días. Lo acuerdan las partes.
- Las llaves. Cuántos juegos hay y cuándo y dónde se entregan.
- Qué pasa si se demora. Las partes pueden pactar una cláusula penal, que el Código define como una multa por retardar o no cumplir una obligación (artículo 790). El monto y la forma los acuerdan las partes.
- Una persona de contacto. Quién coordina la entrega del lado de cada uno.
Cómo se instrumenta el comodato (en la misma escritura o en un documento aparte) lo define el escribano.
¿Cómo se coordina con la entrega de llaves?
Sin comodato, el vendedor entrega las llaves el día de la escritura. Con comodato, la entrega real se corre a la fecha pactada. Un orden posible:
- En la reserva se anticipa que habrá comodato y por cuánto tiempo.
- En la escritura se firma la venta y se deja asentado el comodato.
- Durante el plazo, el vendedor organiza su mudanza. Te puede servir el checklist de mudanza.
- El día de la entrega, comprador y vendedor recorren la propiedad, revisan el estado acordado y se entregan las llaves.
Si querés repasar cómo es la firma, mirá qué pasa el día de la escritura.
Preguntas frecuentes
¿El comodato se paga?
No. El comodato es gratuito por definición (artículo 1533). Si se pactara un pago por el uso, sería otro tipo de contrato.
¿Cuánto tiempo puede durar el comodato después de escriturar?
El Código no fija un plazo para este caso. Lo acuerdan las partes. En una venta suele ser un plazo corto, de días o semanas, pero depende de cada operación.
¿Qué pasa si el vendedor necesita más tiempo?
Lo conversan las partes. Si acuerdan extender el plazo, conviene dejarlo por escrito. Si no, rige lo pactado, incluida la cláusula penal si la hay.
¿Quién paga los servicios durante el comodato?
Lo acuerdan las partes y conviene dejarlo escrito en el comodato, junto con cómo se manejan las facturas al inicio y al final.
¿El comprador puede pedir la propiedad antes del plazo?
El artículo 1539 lo permite si el comprador tiene una necesidad imprevista y urgente, o si la propiedad se usa para otro destino que el pactado.
¿Te sirvió esta nota?
Recibí las próximas en tu mail
Cada quince días, las notas nuevas y el informe del mes. Sin spam.



