Cuánto cuesta vender una propiedad en 2026: todos los gastos del vendedor
Qué paga el vendedor y qué paga el comprador de un inmueble en CABA y en Provincia: sellos, certificados, deudas, hipoteca, estado parcelario y honorarios.
En esta nota
- ¿Qué gastos tiene el vendedor en CABA y en Provincia?
- ¿Qué impuestos paga el vendedor en 2026?
- ¿Qué certificados y deudas tiene que tener al día?
- ¿Y si la propiedad tiene hipoteca?
- ¿Hace falta estado parcelario o planos?
- ¿Cuánto cobra la inmobiliaria?
- ¿Qué paga el comprador?
- Preguntas frecuentes
- ¿Pensás vender y querés saber cuánto te queda?
Vender una propiedad en 2026 te cuesta, sobre todo, tu parte del impuesto de sellos, los certificados y libre deuda, las deudas del inmueble hasta la entrega, la cancelación de una hipoteca si la hay y el honorario de la inmobiliaria. Las personas humanas no pagan Ganancias por la venta desde el 1 de enero de 2026 y el ITI ya no existe. Por costumbre, el comprador paga el escribano y la inscripción, aunque lo acuerdan las partes.
¿Qué gastos tiene el vendedor en CABA y en Provincia?
Esta tabla junta todo lo que puede aparecer. No todos los gastos se dan en todas las ventas.
| Gasto | Ciudad de Buenos Aires | Provincia de Buenos Aires |
|---|---|---|
| Impuesto de sellos (por costumbre, la mitad) | 2,7 % hasta $ 226.100.000 y 3,5 % si lo supera (Ley Tarifaria 2026, art. 34). Vivienda única del comprador exenta hasta ese monto | 2 %, es decir 1 % por parte (Ley 15.558) |
| Ganancias | Exenta para personas humanas y sucesiones indivisas | Exenta para personas humanas y sucesiones indivisas |
| ITI | Derogado (Ley 27.743) | Derogado (Ley 27.743) |
| Certificados y libre deuda | Registro de la Propiedad Inmueble de la Capital Federal, AGIP, AySA y consorcio | Registro de la Propiedad Inmueble de la Provincia, ARBA, municipio, agua y consorcio |
| Deudas del inmueble | ABL, agua, expensas y servicios hasta la entrega | Inmobiliario, tasa municipal, agua, expensas y servicios hasta la entrega |
| Cancelación de hipoteca | Saldo al banco y escritura de cancelación | Saldo al banco y escritura de cancelación |
| Estado parcelario | Sólo casas y lotes (Ley 6.437) | Según los plazos de la Ley 10.707 |
| Planos | Si hay construcciones sin declarar | Si hay construcciones sin declarar |
| Honorario de la inmobiliaria | Se acuerda con la inmobiliaria (Ley 2340) | Se acuerda dentro de la escala de la Ley 10.973 |
| Mudanza | Lo que presupueste la empresa | Lo que presupueste la empresa |
¿Qué impuestos paga el vendedor en 2026?
Sellos. En CABA, AGIP lo calcula sobre el mayor valor entre el precio, la valuación fiscal y el VIR. En Provincia, ARBA lo calcula sobre el mayor entre el precio y la valuación fiscal. Por costumbre se divide en mitades, pero lo acuerdan las partes. El detalle está en impuesto de sellos en la compraventa.
Ganancias e ITI. Según la Ley 27.802 y el Decreto 406/2026, la venta por personas humanas y sucesiones indivisas está exenta de Ganancias desde el 1 de enero de 2026. El ITI fue derogado por la Ley 27.743. Lo repasamos en qué impuestos se pagan al vender una propiedad.
¿Qué certificados y deudas tiene que tener al día?
El escribano pide los certificados de dominio e inhibición y los informes de deuda de impuestos, agua y expensas. La Ley 22.427 dice que la escritura no queda condicionada a un libre deuda: si aparece una deuda, se paga o se retiene del precio en la firma. Lo que se debe hasta la entrega queda, por lo general, a cargo de quien vende, así que conviene revisar la deuda en AGIP o ARBA y pedir el estado de cuenta de expensas antes de publicar. Los certificados uno por uno están en certificados y libre deuda para escriturar.
¿Y si la propiedad tiene hipoteca?
Se puede vender igual. Lo habitual es pedirle al banco el saldo y cancelar la deuda con el dinero de la venta, coordinado con la escritura. Los gastos de la escritura de cancelación suelen correr por cuenta del vendedor, porque es el deudor. Más en vender con hipoteca o crédito UVA.
¿Hace falta estado parcelario o planos?
En Provincia, la Ley 10.707 (artículo 50) obliga al escribano a pedir el certificado catastral a ARBA, y ARBA lo niega si el estado parcelario no está hecho o venció su plazo de verificación. En CABA, la Ley 6.437 lo exige sólo para casas y lotes: los departamentos quedan afuera. Lo hace un agrimensor matriculado.
Si hay construcciones que no figuran en los planos, conviene regularizarlas antes de publicar. Lo explicamos en estado parcelario: qué es y cuándo se pide.
¿Cuánto cobra la inmobiliaria?
Se acuerda con la inmobiliaria y tiene que quedar por escrito en la autorización de venta. En CABA, la Ley 2340 (artículo 11) dice que el corredor percibe de su comitente la retribución que libremente pacten. En Provincia, la Ley 10.973 (artículo 54) fija una escala de honorarios por parte para la venta de inmuebles, con mínimos y máximos. Preguntá sobre qué monto se calcula y cuándo se paga.
¿Qué paga el comprador?
Por costumbre, el comprador paga los honorarios del escribano, la inscripción en el Registro y su mitad de sellos, y la escritura de la hipoteca si compra con crédito. Todo se puede pactar distinto. La división completa está en quién paga la escritura, comprador o vendedor, y podés hacer la cuenta con la calculadora de gastos de escritura.
Preguntas frecuentes
¿El vendedor paga Ganancias por vender en 2026?
No, si es una persona humana o una sucesión indivisa. Según la Ley 27.802 y el Decreto 406/2026, esas ventas están exentas desde el 1 de enero de 2026.
¿El vendedor paga sellos si el comprador compra su vivienda única en CABA?
Si la compra califica como vivienda única del comprador, la escritura está exenta de sellos hasta $ 226.100.000. Por encima, se paga sobre el excedente. El escribano te confirma cómo queda tu caso.
¿Puedo vender con deudas de ABL o expensas?
Sí. La deuda informada se paga o se retiene del precio el día de la escritura.
¿El vendedor paga escribano?
Por costumbre, no paga los honorarios de la escritura de venta. Sí suele pagar la cancelación de la hipoteca, si la hay. Lo acuerdan las partes.
¿Con quién confirmo los gastos de mi operación?
Con el escribano que hace la escritura. Si hay una situación especial en los títulos, conviene consultarlo también con un abogado, y los temas de impuestos con un contador.
¿Pensás vender y querés saber cuánto te queda?
Antes de publicar, conviene saber cuánto vale tu propiedad y qué gastos vas a tener. Pedí la valuación sin cargo con Ambiente 23 en CABA o con Ortiz Chedrese Propiedades en Provincia: te decimos el valor de hoy y revisamos con vos los papeles y las deudas antes de salir a vender. Para los temas legales, consultá con un escribano o un abogado.
Cómo está el mercado este mes
Edición Octubre 2026 · datos de septiembre 20266.612
escrituras en CABA, +9,2 % contra agosto
1 de 5
compras en CABA se hizo con crédito hipotecario
7,7 %
tasa promedio de los créditos hipotecarios, venía de 8,7 % en julio
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